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preguntas para entender la famosa Ley 100 de 1993 de la
Seguridad Social en Salud
Aunque lleva 12 años de promulgada, la gente sigue
sin entenderla por completo.
Esta conocida ley, cuya reforma se está analizando,
es la que normatiza la seguridad social en Colombia. Desde
su promulgación, ha sido reconocida, criticada y
tomada para varios intentos de reforma. Lo curioso es que
incluso algunos responsables de aplicarla desconocen toda
su extensión.
Como un intento tardío, pero necesario a la luz de
la reforma que se discutirá en la legislatura que
apenas empieza, a continuación se relacionan algunas
preguntas que a pesar del tiempo siguen rondando a la gente.
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1.
¿Cómo está conformado el sistema de
seguridad social?
Está estructurado por tres subsistemas: salud, pensiones
y riesgos profesionales.
Salud es el componente encargado de la promoción,
prevención, tratamiento y rehabilitación de
las enfermedades generales (que no son originadas en el
trabajo).
Pensiones: es el responsable del aseguramiento y del manejo
económico en este campo.
Riesgos profesionales: se encarga de la promoción,
prevención y rehabilitación de la salud en
los espacios de trabajo y de los seguros económicos
relacionados. Es responsable de las enfermedades profesionales
y accidentes laborales. Cada subsistema es autónomo:
el de pensiones ya fue reformado, el sistema de salud se
está discutiendo.
2. ¿Quienes conforman
el sistema de salud?
El Estado, que es el responsable de la salud de los colombianos.
Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, que coordina
y reglamenta la prestación de los servicios de salud
en el país; sus decisiones son obligatorias y deben
ser adoptadas por el Gobierno.
Superintendencia Nacional de Salud: organismo encargado
de la vigilancia del sistema de salud, es decir, recibe
las quejas de todos los actores y define sanciones.
Ministerio de la Protección Social: define las políticas
de la salud en Colombia.
Empresas Promotoras de Salud (EPS): entidades delegadas
por el Estado para asegurar a las personas con capacidad
de pago (régimen Contributivo), afiliarlas al sistema
y administrar los recursos. Se escogen a voluntad del usuario.
Administradoras del Régimen Subsidiado (ARS): Son
las entidades encargadas de administrar los recursos de
este régimen.
Instituciones Prestadoras de Salud: prestan servicios de
salud. Son contratadas por las EPS y ARS para atender a
sus afiliados.
3. ¿La gente se afilia
según su capacidad de pago?
Sí: de acuerdo con sus ingresos y vinculación
laboral, puede pertenecer al régimen Subsidiado o
al Contributivo.
4. ¿Qué es el
régimen Contributivo?
Es al que se afilian las personas que tienen capacidad de
pago para cubrir la cotización en salud. Son los
empleados y los trabajadores independientes.
5. ¿Cuál es
el Subsidiado?
Es al que se afilian las personas que no tienen capacidad
de pago para cubrir el monto total de la cotización.
Se trata de la gente más pobre y vulnerable de zonas
urbanas y rurales.
6. ¿A qué tiene
derecho un afiliado?
A recibir atención, a afiliar a su familia, a recibir
subsidios en dinero por incapacidades y subsidios en dinero
por maternidad.
7. ¿Qué servicios
incluye el Plan Obligatorio de Salud (POS)?
Prevención de enfermedades, atención de urgencias
sin restricciones, consulta médica general y especializada,
consulta y tratamientos odontológicos (sin ortodoncia,
periodoncia y prótesis), exámenes de laboratorio,
rayos X, hospitalización y cirugía, psicología,
optometría, terapias, medicamentos esenciales y atención
durante el embarazo, el parto y al recién nacido.
8. ¿Qué no cubre
el POS?
Tratamientos con fines de embellecimiento, curas de sueño,
medicamentos experimentales o no incluidos en los listados
POS, fajas, sillas de ruedas, zapatos ortopédicos
y lentes de contacto.
9. ¿Cómo pueden
saber los afiliados a qué medicamentos tienen derecho?
Todas las EPS y las IPS están obligadas a publicar,
en sitios de fácil acceso para sus usuarios, los
listados del Manual de Medicamentos y terapéutica
del sistema de salud.
10. Si la persona tiene una
enfermedad al momento de afiliarse, ¿se la tratan?
Sí. En el sistema (a diferencia de la medicina prepagada)
no hay preexistencias.
11. ¿Se puede afiliar a la familia sin costo adicional?
El cotizante tiene derecho a afiliar a su núcleo
familiar. Ellos reciben la misma atención sin pagos
adicionales. Deben pertenecer a la misma EPS.
12. ¿A cuáles
miembros de la familia puede afiliar el cotizante?
Si es casado o en unión libre, al cónyuge
o compañero permanente. A sus hijos o los de su pareja,
incluidos los adoptivos menores de 18 años; si se
dedican exclusivamente a estudiar y son menores de 25 años,
si tienen discapacidad permanente no hay límite de
edad.
13. ¿Qué son
periodos mínimos de cotización?
El tiempo mínimo que se requiere después de
la afiliación para recibir algunos beneficios. Por
ejemplo: para tratamientos de alto costo se requieren cien
semanas, 26 en el último año calendario. Para
cirugías programadas, no imprescindibles, se necesitan
52 semanas. No requieren periodo mínimo el embarazo,
la atención de urgencias y las actividades de promoción
y prevención.
14. ¿Qué pasa
si alguien que no tiene el periodo mínimo requiere
un servicio?
Debe pagar un porcentaje proporcional al tiempo que falta
para completar el periodo mínimo.
15. ¿Si la persona
se desafilia o deja de cotizar, pierde los beneficios?
Si es por pérdida de capacidad de pago (pérdida
del empleo, por ejemplo) recibirá los beneficios
un mes más, si ha pagado los dos meses anteriores.
Si lleva cinco años continuos en una EPS, ella y
su familia serán protegidos por tres meses más
y recibirán continuidad en los tratamientos o las
urgencias.
16. Se puede perder la antigüedad
en el sistema?
Sí, cuando pasan seis meses continuos sin cotizar
a una EPS.
17. ¿El pensionado
puede desafiliarse?
No. Tiene derecho a mantener su afiliación en forma
vitalicia.
18. Si alguien escoge una
EPS y no le gusta o lo atienden mal, ¿puede cambiarse?
¿Cuántas veces?
Puede cambiarse, siempre y cuando haya cumplido dos años
afiliado a esa EPS. Cuantas veces quiera.
19. ¿Cuál es
la base de cotización para los trabajadores independientes?
Por la actividad que desempeña, la Supersalud supone
cuántos pueden ser los ingresos de una persona. Esta
puede probar su ingreso real. La cotización se fija
sobre el mayor de estos dos valores.
20. ¿Cuál es
la prestación económica por incapacidad?
Si no es por accidente de trabajo o enfermedad profesional,
el afiliado recibe el 66,6 por ciento del ingreso sobre
el cual cotiza. Ese será su salario. El empleador
no pagará incapacidades de más de tres días.
Para recibir este beneficio es necesario haber cotizado
cuatro semanas ininterrumpidas.
Fuente: Diario el Tiempo
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